03 Jul Como paralizar durante años en sede judicial las ejecuciones hipotecarias
La sociedad actual está siendo testigo de la dramática situación a la que se ven abocados aquellos ciudadanos que se encuentran inmensos en procedimientos de ejecución hipotecaria.
Las personas que contrataron un préstamo hipotecario concedido por una entidad bancaria se ven obligadas a padecer, no solo una tortura desmedida y un castigo absolutamente desproporcionado como es la inminente y segura pérdida de su vivienda habitual, sino además, una condena futura de deuda dineraria que cercena sus posibilidades de sobrevivir. Todo ello, en base a un contrato de préstamo bancario que posee un clausulado cuya nulidad es claramente apreciable para cualquiera, pero que su demostración obliga a ser un superhéroe para su consecución.
Mientras no se produzca por parte de los entes políticos una modificación legislativa que cambie la actual normativa o incluya la figura obligatoria de la dación en pago, el prestatario hipotecado contempla como su impago de cuotas del préstamo le obliga a ciencia cierta a perder su vivienda, y además, a seguir siendo deudor de una enorme suma de dinero que le lastrará de por vida hasta que tenga la fortuna de poder satisfacerla. Todo ello, como consecuencia de un bien inmueble que no solo no posee ya el valor económico que tenía cuando fue adquirido, sino que además, fue tasado por la propia entidad bancaria, de forma que la inflación negativa derivada de tal bien hace que ya no valga ahora lo que antes valía, aunque esto solo afecta al ciudadano y no a la entidad bancaria.
Desde P&GN Abogados hemos desarrollado un protocolo profesional de actuación que, amparándose en los argumentos y razonamientos que la propia UE ha establecido a través de las STJUE que han sido dictadas para hacer cumplir las misma, permite a todo ciudadano deudor hipotecario luchar en sede judicial y lograr la suspensión durante años del procedimiento de Ejecución Hipotecaria.
En P&GN Abogados defendemos sus derechos vulnerados por las entidades bancarias prestamistas acreedoras que basan su reclamación de ejecución hipotecaria en concretas cláusulas que pueden y deben ser declaradas nulas, y por tanto, no aplicables y eliminadas de los contratos en base a los que se ha despachado ejecución.
Teniendo en cuenta lo anterior, destacamos que dentro de los contratos de préstamo hipotecario existen 3 concretas clausulas cuya nulidad es perfectamente demandable y, más importante aún, alcanzable.
Esas 3 cláusulas son:
.- cláusula suelo
.- cláusula de intereses de demora
.- cláusula de vencimiento anticipado
El fin del protocolo desarrollo desde P&GN Abogados es paralizar los Procedimiento de Ejecución Hipotecaria que se están tramitando por parte de los Juzgados de Primera Instancia de la Jurisdicción Civil.
El motivo de tal suspensión radica en que tal Procedimiento de Ejecución Hipotecaria se basa en la resolución de un contrato por parte de la entidad bancaria en el que existen cláusulas que han servido de base para tal resolución, y que a su vez, son cláusulas que pueden y deben ser declaradas nulas en el procedimiento correspondiente en base a las STJUE y STS ya existentes.
La justicia española tiene base legal para poder actuar de oficio en todos los extremos aquí expuestos, pero su clara e injustificada inacción obliga al ciudadano a ser él mismo quien defienda sus intereses a través del protocolo desarrollado por P&GN Abogados.
Las argumentaciones que esgrimimos se basan en la UE y en las STJUE que están por encima y preponderan sobre la LEC y son de obligado cumplimiento por el estado español.
Es cierto que se ha legislado por el estado español para implementar e incorporar a nuestra legislación los argumentos expuestos por las STJUE, sin embargo ninguna de esas legislaciones impide la posibilidad de que el procedimiento de ejecución hipotecaria pueda ser suspendido tanto por el Juez que conozca de un proceso declarativo relacionado con el mismo como por el propio juez que conoce del proceso ejecutivo.
La paralización de las ejecuciones hipotecarias coloca al ejecutado ante un nuevo escenario con distintas vías para solucionar el grave problema en el que se encuentra inmerso, pero principalmente le permite iniciar nuevamente las conversaciones con las entidades bancarias con el claro objetivo de buscar una solución amistosa.
Desde P&GN Abogados analizamos gratuitamente su situación y planteamos la estrategia procesal jurídica más adecuada para suspender de manera inmediata los procedimientos de ejecuciones hipotecarias.
Contacte con nuestros profesionales en info@pgnabogados.es o llamando al teléfono 915715558.
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